Diferencia entre excedencia forzosa y excedencia voluntaria

Hay situaciones que difícilmente nos permite compaginar nuestra vida personal y profesional de manera completa, o incluso llevar a la vez más de un trabajo, y tenemos que decidir entre un trabajo u otro, o darle más prioridad a la esfera privada que a la profesional. En estos casos, dentro de las múltiples opciones, pueden darse tanto la excedencia voluntaria como la excedencia forzosa. ¿Qué son? ¿en qué se diferencia?

La excedencia voluntaria es un periodo que el trabajador le solicita a la empresa y que conlleva una suspensión del contrato entre 4 meses o 5 años, según el tiempo que se solicite, y por ende el trabajador no está obligado a acudir  su puesto de trabajo y el empresario no tiene que pagar a la Seguridad Social por él ni lógicamente el salario del solicitante. Al ser voluntaria no tiene por que fundamentarse en razón alguna, ya que es libre decisión del trabajador y al ser una suspensión del contrato, el período en el que se encuentre fuera de la empresa no contará como antigüedad dentro de la empresa.

En cuanto a la petición de la misma, no se marca un plazo de preaviso obligatorio por ley, pero es recomendable realizarlo entre treinta y quince días antes y por escrito, dejando constancia del plazo exacto, para que la empresa pueda reorganizarse y pueda atender a la petición, ya que ésta es potestativa para la empresa, por lo que puede aceptar la excedencia o puede denegarla.

Por otro lado, la excedencia forzosa sí que es obligatoria para la empresa, pero el trabajador debe tener una razón fundamentada por ley para que pueda solicitarla, que básicamente se divide en dos ramas:

  1. Designación o elección para un cargo público que imposibilite la asistencia al trabajo.
  2. Realización de funciones sindicales de ámbito provincial o superior.

Además, el periodo de antigüedad sigue contando para la empresa, a diferencia de la excedencia voluntaria.

Pero, ¿ que ocurre tras la finalización del período de excedencia?

Aquí es donde viene la principal diferencia entre ambas modalidades. Si en la excedencia forzosa, se tiene derecho al reintegro en el puesto de trabajo, es decir, la empresa debe conservar su plaza al trabajador, en la excedencia voluntaria, por el contrario, la empresa no tiene obligación de guardar en cierta manera el puesto que el solicitante venía desempeñando.

Por lo tanto, en la excedencia voluntaria lo que se tiene derecho es a un reintegro preferente en un puesto igual o de similar categoría, es decir,  se tiene derecho a volver a la empresa si solo existe un puesto y éste sea de igual o similar categoría a la que se tenía antes de la excedencia.

Juan Manuel Maldonado León

Sé el primero en comentar

Dejar una contestacion